Trámites De Extranjería En Madrid
Tramitación de gestiones en materia de Extranjería, obtención de permisos de trabajo y solicitud de Nacionalidad Española
A través de la Gestoría FGM, damos cobertura a cualquier trámite de extranjería que necesite.
Tarjeta Comunitaria de vivienda y trabajo para Familiar de Ciudadano UE
Presentación telemática de permiso de vivienda y trabajo de larga duración.
Ley de Emprendedores
Ley 14/2013
Renovación desde la Sede Electrónica del Permiso de Trabajo de Profesionales enormemente cualificados
Autorización de vivienda de larga duración lógicamente general de 5 años de residencia continuada en España, conforme el artículo mil cuatrocientos ochenta y uno del real decreto 557/2011.
Autorizacion de Residencia para busca de empleo
Renovación Residencia o estancia por estudios
Renovaciones de la autorización de residencia temporal y de trabajo por cuenta propia y extraña.
Renovación de la autorización de residencia no rentable, por reagrupación familiar y de investigadores.
Confección y tramitación on-line y telemática de la Nacionalidad De España por residencia y demás supuestos.
Visado de estudios en España
Todas estas gestiones se realizan por sistema implantado en la sede electrónica de la Segregaría de Estado de Administraciones Públicas de tramitación telemática de expedientes.
Les recordamos que la Ley de Extranjería en su articulado nos habla de las formas y opciones para la renovación y obtención del permiso de Residencia y de trabajo.
Tipos de Permiso de trabajo por cuenta ajena y por cuenta propia:
- Inicial, regulado en los artículos 63.1 y seiscientos treinta y cinco del reglamento, establece una duración de un año, aceptando restricción para una ocupación determinada y un ámbito geográfico determinado.
- Renovado, el permiso de trabajo por cuenta ajena renovado, tiene una duración de un par de años, permitiendo realizar cualquier actividad en toda España (Artículo 72 del Reglamento de Extranjería).
- 2ª Renovación, asimismo por otros un par de años y permitiría realizar cualquier actividad en todo el territorio Español.
- Larga duración (LD-CE), esta renovación de larga duración es ya por cinco años y autoriza a radicar en España de forma indefinida.
Otros tipos de permisos de vivienda y trabajo:
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Duración determinada, de temporada o campaña (nueve meses de duración), de obra o servicio (Máximo de un año con opción a prórroga), temporal (doce meses de duración con posibilidad de prorrogarse), para capacitación y prácticas profesionales (1 año de duración y opción a prórroga).
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Especiales, multinacionales, cualificados, deportistas profesionales, trabajadores alistados en navíos, transfronterizos, autorizaciones puntuales para trabajar, trabajadores excluidos, trabajo de los extranjeros penados, militares profesionales.
Duración determinada, de temporada o bien campaña (9 meses de duración), de obra o servicio (Máximo de un año con opción a prórroga), temporal (12 meses de duración con posibilidad de prorrogarse), para formación y prácticas profesionales (1 año de duración y opción a prórroga).
Especiales, transnacionales, cualificados, atletas profesionales, trabajadores enrolados en buques, transfronterizos, autorizaciones puntuales para trabajar, trabajadores exceptuados, trabajo de los extranjeros penados, militares profesionales.
Renovación del permiso de trabajo y vivienda (Artículo setecientos doce del Reglamento de extranjería).
Plazo para la renovación del permiso de trabajo:
- El plazo es de 60 días naturales previos a la finalización del mismo. Presentada la petición de renovación, prorrogará la validez del mismo hasta la resolución de la petición de prórroga.
- También podrá presentarse la renovación durante los 90 días posteriores a la expiración, en un caso así puede abrirse un expediente sancionador por pedir la no renovación en el plazo de los 60 días previos.
Forma de presentación de la renovación:
- Forma presencial.
- A través de Internet, mediante la presentación telemática. abogados de inmigracion
Requisitos:
- Continuidad de la relación laboral que dio origen al permiso de trabajo.
- Acreditar la realización habitual de la actividad para la que se concedió la autorización durante un mínimo de seis meses por año y haya suscrito un nuevo contrato de trabajo que reúna los requisitos del artículo 64 del Reglamento de extranjería.
- Acreditar un período mínimo de tres meses por año, siempre que la relación laboral cuya renovación se pretende se interrumpiese por causas ajenas a su voluntad y que haya buscado activamente empleo y que en el momento de solicitar la renovación tenga un contrato de trabajo en vigor.
- Supuestos de exención de contrato de trabajo o bien suspensión de la relación laboral violencia de género.
- Acreditación de alta en la seguridad social de 9 meses en un periodo de 12 meses o bien de 18 meses de alta en periodo de veinticuatro meses. Buscando activamente empleo y finalizando la última relación laboral por causas extrañas a su voluntad.
- Causas del artículo setenta y dos.1 f del reglamento de extranjería.
- Ser perceptor de una prestación contributiva de desempleo.
- Ser adjudicatario de una prestación económica asistencial de carácter pública.
- Acreditar la escolarización de los menores.
Tipos de solicitudes
- Inicio de la petición en el País de Origen.
- Inicio en España, mediante el supuesto de arraigo social.
En la actualidad, para poder solicitar el permiso de vivienda y trabajo se deben cumplir unas condiciones previas exigidas por la Ley de extranjería y su Reglamento como son:
- Comparecencia personal del empresario como único legitimado en la solicitud en los registros habilitados al efecto
- Verificación de la Situación Nacional de Empleo (SNE). Sólo se superará este filtro para otorgar autorizaciones de trabajo en las siguientes circunstancias:
- a) Supuestos del Artículo 40 de la Ley de extranjería, donde se regulan los puestos de confianza.
- b) Figurar en el Catálogo de Ocupación de difícil Cobertura (CODC)que se publica de forma trimestral .
- c) Ser Nacional de Chile o Perú, con estos dos países hay un Convenio de doble nacionalidad que así lo establece.
- d) Que el INEM o bien SEPE certifique la insuficiencia de trabajadores para el puesto de trabajo ofertado
Cuestiones generales:
- Contenido del Contrato de trabajo, la duración de be ser igual o bien superior al periodo del permiso que deseemos solicita, normalmente un año al ser una petición inicial, el salario establecido debe ser como mínimo el SMI vigente todos los años, pues se cree que el único recurso con el que cuenta el trabajador extranjero es su sueldo. No se deja poner SEGÚN CONVENIO o S/C, debe indicarse numéricamente el importe, debe contenerlas horas de trabajo, en general cuarenta horas para poder tener recursos para vivir.
- Solvencia económica del empleador, el empleador debe tener suficiente capacidad económica para poder abonar las cuotas de la Seguridad Social, se inadmitirá la solicitud en el caso de tener deudas con la seguridad social o emplear más del 50 por cien de la nómina en sufragar los costes de una .
- Que los trabajadores extranjeros que se pretendan contratar carezcan de en España y en sus países precedentes de residencia, que no se hallen irregularmente en España, pagar la TASA en el modelo setecientos noventa por la tramitación de la autorización de Vivienda Temporal.
Desde la Gestoría FGM, le tramitamos su petición de RENOVACIÓN DEL PERMISO DE TRABAJO Y RESIDENCIA de forma telemática, rápida, sencilla y económica.
Le enviaremos el justificante telemático de entrada en el registro de la solicitud y en pocos días le enviaremos su resolución de la renovación dependiendo del trabajo de la Administración Pública.
Le enviaremos el justificante telemático de entrada en el registro de la solicitud y en poquitos días le enviaremos su resolución de la renovación dependiendo del trabajo de la Administración Pública.
Adquisición de la Nacionalidad por Residencia
Finalmente rememorar que desde la Gestoría FGM, se gestionan también expedientes de Nacionalidad, que la adquisición de la Nacionalidad por Vivienda viene establecida en el artículo veintidos del CC y que se puede conseguir por el extranjero que haya residido en España de forma legal y continuada durante un plazo de 10 años, cinco años, 2 años o un año conforme los casos.